Este principio fundamental se refiere al hecho de que todos los jóvenes deben tener acceso a un trabajo juvenil local de calidad. Sin embargo, el hecho de que todos los jóvenes tengan acceso no significa que todas las actividades de trabajo en el ámbito de la juventud deban estar abiertas a todos los jóvenes. Siempre será necesario un trabajo específico en el ámbito de la juventud para llegar a determinados grupos o para tratar cuestiones específicas. Los jóvenes siempre se organizarán sobre la base de ideas e intereses que, en la práctica, excluyen a otros grupos.
Lo que este principio básico establece es que si no se llega a algunos grupos, por ejemplo, las niñas o los jóvenes migrantes, tiene que haber un trabajo juvenil de divulgación que los invite activamente y les ofrezca las mismas oportunidades de las que se beneficia la mayoría.
También significa que el trabajo juvenil que se dirige a todos los jóvenes, por ejemplo, un centro juvenil abierto, debe garantizar que no discrimina a ningún grupo de jóvenes. Además de las reglas obvias para la admisión, etc., esto también significa que tiene que asegurarse de que no haya formas de discriminación directa a través de la forma en que se inician, organizan, comercializan y llevan a cabo las actividades. Todos los jóvenes deben, en este caso, sentirse invitados y seguros de que recibirán un trato justo y respetuoso al participar.